
Por Abel Matos
El transfuguismo, es la acción mediante la cual una persona pasa huyendo de una parte a otra, de un partido a otro, y que cambia de bando en tiempos de conflicto.
Según la definición establecida en el diccionario jurídico y por los tratadistas de la materia Albert O. Hirshman y Guillermo O. Donell, sus sinónimos son: Desertor, Prófugo, Fugitivo, Traidor.
Esta acción casi en la generalidad de los casos va acompañada de:
1. Oferta de cargos tanto intrapartidaria como de elección popular de parte del proponente, lo que esta básicamente fundamentada como chantaje o soborno.
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